CONTRATOS
Un contrato laboral es un acuerdo oral o escrito por el que se establece una relación de trabajo entre dos personas: empresario y trabajador. Ambos se comprometen a cumplir lo estipulado en el documento.
Existen diferentes tipos de contratos con características y condiciones particulares que conviene conocer. La legislación que los regula se puede consultar en el Instituto Nacional de Empleo o a través de su página web.
Tipos de contratos
• Contrato de duración determinada (temporal): el más común es el de obra y servicio. Se contrata a alguien para que preste un servicio determinado por un periodo de tiempo limitado, generalmente hasta que se termine el trabajo por el que se le contrató. También se dan por otros motivos como cubrir una baja de otro trabajador.
• Contrato a tiempo parcial: se produce cuando la jornada laboral de la persona contratada es inferior a la que realiza otro trabajador con un contrato a tiempo completo en el mismo puesto y dentro de las circunstancias legales.
• Contrato de formación: está destinado a jóvenes mayores de 16 años y menores de 21 años, aunque hay excepciones cuando los alumnos provienen de Escuelas Taller. El objetivo de este contrato es dar formación a jóvenes que carecen de ella.
• Contrato de trabajo a domicilio (teletrabajo): es aquel en que el trabajador realiza la tarea que se le encomienda fuera del centro de trabajo.
• Contrato en prácticas: está concebido para dar una oportunidad de adquirir conocimientos prácticos de acuerdo con la formación académica a jóvenes que están estudiando o acaban de terminar sus estudios.
• Contrato para personas con discapacidad: destinado a aquellas personas que tienen reconocida legalmente una discapacidad igual o superior al 33%. El Certificado de Minusvalía se solicita en la Consejería de Asuntos Sociales de cada Ayuntamiento.
• Contrato indefinido (fijo): es aquel en el que no figura una restricción temporal del contrato, por lo que en principio el empleado continuará trabajando indefinidamente. Será indemnizado cuando la empresa decida prescindir de sus servicios sin causa justificada.
• Contratos indefinidos bonificados: son aquellos en que la Administración Pública abona parte o toda la cuota de la Seguridad Social, que la empresa debería pagar por cada uno de sus empleados.
Estos beneficios se obtienen cuando se contratan mujeres, jóvenes menores de 30 años, personas mayores de 45 o discapacitados. Es necesario, en cualquier caso, que estas personas estuviesen inscritas previamente en la Oficinas de Empleo.
Otros contratos más específicos que se pueden destacar son:
• Contrato para la investigación: cuando se contrata personal para la realización de un proyecto de investigación o cuando se incorpora al trabajador al sistema español de ciencia y tecnología.
• Contrato de relevo: es aquel en que se contrata a una persona para que preste servicios a tiempo parcial, cubriendo la parte de la jornada laboral que ha dejado libre un empleado al jubilarse parcialmente.
• Contrato de sustitución por jubilación anticipada: consiste en contratar a una persona para cubrir la baja generada por otra que se ha jubilado antes de la edad máxima establecida en cada caso.
Existen distintas modalidades de contrato dependiendo de las necesidades y circunstancias del puesto de trabajo para el que se realiza. La principal división de los contratos es teniendo en cuenta su duración ya que pueden ser indefinidos o temporales.
También existen contratos para atender a situaciones más específicas como la contratación de estudiantes durante su periodo de formación o de personas que pueden realizar su trabajo desde casa.
Contrato indefinido
Es aquel en el que no figura una restricción temporal del contrato, por lo que en principio el empleado continuará trabajando indefinidamente. Se le conoce también con el nombre de contrato fijo.
En este tipo es indemnizado cuando la empresa decida prescindir de sus servicios sin causa justificada.
Contrato temporal
Entre los contratos de duración determinada el más común es el de obra y servicio. Se contrata a alguien para que preste un servicio determinado por un periodo de tiempo limitado.
La duración generalmente es hasta la finalización del trabajo por el que se le contrató. También se dan por otros motivos como cubrir una baja de otro trabajador.
Contrato a tiempo parcial
Es aquel tipo de contrato que se realiza cuando la jornada laboral de la persona contratada es inferior a la de otro trabajador con un contrato a tiempo completo en el mismo puesto y dentro de las circunstancias legales.
Dentro de estos contratos existe la posibilidad de que sean indefinidos o temporales. El sueldo mínimo fijado para estos trabajadores va en proporción al número de horas que trabajen.
Contratos indefinidos bonificados
Son aquellos contratos indefinidos en que la Administración Pública abona parte o toda la cuota de la Seguridad Social, que la empresa debería pagar por cada uno de sus empleados.
Estos beneficios se obtienen cuando se contratan mujeres, jóvenes menores de 30 años, personas mayores de 45 o discapacitados. Es necesario, en cualquier caso, que estas personas estuviesen inscritas previamente en la Oficinas de Empleo.
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