TIPOS DE JUZGADOS
Los siguientes Juzgados y Tribunales ejercen su poder en el ámbito de la Comunidad Autónoma o de la Provincia. A excepción del Tribunal Superior de Justicia, único en cada Comunidad, y la Audiencia Provincial que existe una sola en cada provincia, en los demás casos puede haber uno o varios.
Las jurisdicción de los juzgados dentro de las provincias puede variar de uno a más partidos judiciales. Un partido es una división judicial que agrupa uno o varios municipios.
Tribunal Superior de Justicia
Es el órgano de la justicia con mayor jerarquía en la Comunidad Autónoma. Tiene salas de lo civil, de lo penal, de lo contencioso-administrativo y de lo social.
Conoce entre otros los asuntos de materia civil y penal que afectan a los parlamentarios y magistrados de la Comunidad. Se encarga también de dirimir en los casos de competencias entre distintos organismos judiciales.
Audiencia Provincial
Es un organismo de la justicia española que se ocupa tanto de los asuntos civiles como de los penales. Es el órgano de mayor rango judicial dentro de cada provincia.
Se encarga de los recursos que se interponen ante resoluciones de otros juzgados y de las causas por delito que no correspondan al Juzgado de lo Penal.
Juzgado de lo Mercantil
Son juzgados de nueva creación que iniciaron su funcionamiento en el año 2004. Su jurisdicción puede abarcar uno o varios partidos judiciales (conjunto de municipios) dentro de cada provincia.
Este tipo de juzgados se ocupan de asuntos tales como la quiebra de empresas, la suspensión de pagos, competencia desleal o propiedad intelectual.
Juzgado Penal
Es un organismo judicial de ámbito provincial. Ejerce su función en uno o varios partidos (conjunto de municipios) de la provincia por lo que puede haber más de uno.
Se ocupa de los delitos o faltas cuyas penas no exceden los cinco años o diez años, dependiendo de sus características. Si superan estas penas, los casos pertenecen a los Juzgados Centrales de lo Penal, que se sitúan en la Audiencia Nacional.
Juzgado de lo Contencioso-Administrativo
Este tipo de juzgados no tienen porque ser únicos en cada provincia. Dependiendo de la extensión de la misma puede haber más. Su jurisdicción es provincial y puede abarcar uno o más partidos judiciales (conjunto de municipios).
Este juzgado se ocupa de todos los procesos que van contra decisiones o actos de la Administración. Tiene una sede central en Madrid, a la que se dirigen los procesos iniciados por personas o entidades públicas.
Juzgado de lo Social
Es un organismo judicial de ámbito provincial. Su jurisdicción puede abarcar uno o más partidos (conjunto de municipios). Por tanto, en cada provincia no tiene por qué haber uno solo, sino que esto dependerá de la extensión u número de habitantes.
Este tipo de juzgados conocen en primera o única instancia los procesos relacionados con asuntos laborales vinculados por ejemplo con la Seguridad Social.
Juzgado de Vigilancia Penitenciaria
Es un organismo judicial de ámbito provincial, cuya jurisdicción se extiende a uno o más partidos. Es posible que en cada provincia haya uno o varios.
Se encarga de ejecutar las penas, dictar las medidas de vigilancia y cuidar de la seguridad de los presos. Dispone de una sede central en Madrid que se ocupa de las penas dictadas desde la Audiencia Nacional.
Juzgado de Menores
Es un organismo judicial de ámbito provincial. En cada provincia puede haber uno o más dependiendo de la extensión y población de la misma. La jurisdicción de cada uno abarca uno o más partidos judiciales (conjunto de municipios).
Se ocupa de los casos en que se haya cometido un delito o falta por parte de un menor con una edad comprendida entre los 14 años y los 18 años, aunque en determinadas circunstancias la edad se amplía hasta los 21 años.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción
Su jurisdicción se corresponde con un partido judicial. En las poblaciones más importantes aparecen separados y entonces los de Primera Instancia se ocupan de los asuntos de materia civil y los de Instrucción, de los de materia penal.
Sus competencias incluyen, por tanto, el orden penal y civil. Se ocupan de aquellos casos que no correspondan a otros juzgados y de otros que después derivan entre otros a los Juzgados de lo Penal.
Juzgado de Violencia sobre la mujer
Su jurisdicción se corresponde con un partido judicial, aunque dependiendo del volumen de población podrá existir más de uno por partido. Fueron creados en el año 2004.
Estos juzgados se ocupan del orden penal y civil de todos los asuntos relacionados con la violencia de género y de los procesos que de ellos se deriven, como pueden ser la separación, divorcio o custodia de los hijos.
Juzgados de Paz
Los Municipios que no tienen un Juzgado de Primera Instancia e Instrucción tienen un Juzgado de Paz. Su ámbito de actuación se limita al Municipio. Se ocupa de asuntos de orden civil y realiza funciones de Registro.
Pueden ocupar el puesto de Jueces de Paz aquellas personas que posean la licenciatura de Derecho, pero puedan acceder a la carrera judicial.
El sistema jurídico español se divide territorialmente en Comunidades Autónomas, Provincias, Partidos y Municipios. El Tribunal Supremo y la Audiencia Nacional son los únicos órganos judiciales con ámbito de actuación nacional.
Este sistema tiene una organización jerárquica. Por encima de los Juzgados y los Tribunales de ámbito nacional existen instituciones superiores que se ocupan del control de los órganos jurídicos, la organización de los mismos y la defensa de los intereses del Estado y de la Constitución.
Ministerio Fiscal
Es un órgano que tiene como fin defender los intereses públicos. Cumple su papel fundamentalmente ante los órganos de Administración de la Justicia. No está formado por jueces, sino por fiscales.
Entre las funciones de los fiscales está éstos preservar el cumplimiento de la Ley en cada caso que intervienen, instando por ejemplo a los Jueces para que en los casos que convengan tomen medidas cautelares.
Consejo General del Poder Judicial
Es el órgano de gobierno del Poder Judicial. Entre sus funciones están las de velar por la independencia de Jueces y Magistrados, el nombramiento de cargos o la selección y formación de jueces.
Tiene poder en todo el territorio nacional. Se compone del Presidente del Tribunal Supremo y otros 20 miembros. De éstos 12 son Jueces y Magistrados propuestos por juristas y 8 son abogados propuestos por el Congreso de los Diputados y el Senado.
Tribunal Constitucional
Es un órgano judicial situado al margen de la organización jerárquica de los anteriores. Está compuesto por doce Magistrados nombrados por el Rey a propuesta de las Cortes Generales.
Su función es velar por el cumplimiento de todos los derechos y libertades que aparecen en la Constitución. Para que una persona particular presente un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional tiene que haber agotado todos los recursos del sistema ordinario.
Tribunal Supremo
Es la máxima institución judicial española. Tiene su sede central en Madrid. Consta de cinco salas: de lo civil, penal, contencioso-administrativo, social y militar. Cada una de estas salas está formada por un presidente y por un número determinado de Magistrados estipulados por la ley.
El Presidente del Tribunal Supremo es nombrado por el Rey atendiendo a la propuesta del Consejo General del Poder Judicial. Tiene su sede en Madrid.
Audiencia Nacional
En la jerarquía de la justicia española se sitúa por debajo del Tribunal Supremo. Tiene sede en Madrid. Consta de las siguientes salas: de lo penal, de lo contencioso-administrativo, de lo social y de apelación.
Entre otra cosas conoce los delitos contra la Corona, los relacionados con el tráfico de drogas, los producidos en el extranjero o las acusaciones efectuadas contra sus propios Magistrados.
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